Boletín de Prensa:
· *** En un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la notificación del presente acuerdo.
A nombre del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional (PRI) el diputado Carlos Antonio Morales Guevara presentó un anteproyecto con Punto de Acuerdo para exhortar al titular del Poder Ejecutivo estatal a que informe a esta Soberanía, en un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la notificación del presente acuerdo, sobre la situación que guardan las controversias constitucionales promovidas por Ayuntamientos de la entidad en contra del Gobierno del Estado.
El informe deberá abarcar los siguientes rubros: el número de Ayuntamientos que promovieron controversias constitucionales por omisiones o retenciones de recursos federales, por parte del Gobierno del Estado y el número de sentencias que ordenan el pago de recursos federales por parte del Gobierno del Estado a los Ayuntamientos promoventes.
Así como el monto total al que ascienden los pagos ordenados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a cargo del Gobierno del Estado; la calendarización en los plazos de vencimiento para dar por cumplidas las sentencias en las que se ordena el pago de recursos al Gobierno del Estado y el estado que guarda el cumplimiento de las sentencias favorables a los Ayuntamientos, es decir, las acciones emprendidas por el Gobierno del Estado para transferir los recursos federales indebidamente retenidos.
De igual forma solicita, se exhorta al titular del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave a que dé cumplimiento inmediato a las sentencias, depositando los fondos federales retenidos a los Ayuntamientos respectivos, a los que fue condenado el Gobierno del Estado en las controversias constitucionales de mérito.
El legislador dijo que las cerca de 60 controversias constitucionales promovidas han empezado a ser resueltas por la SCJN desde febrero de este año, y en ellas se han acreditado las pretensiones de las entidades municipales, y en razón de ello, se ha condenado al Gobierno del Estado para el pago de diversas cantidades y conceptos.
Enfatizó que no debe olvidarse que los adeudos no son de una persona en particular, sino de una institución. “A quien se reclama el adeudo y los desvíos de los recursos a transferir, es al Gobierno del Estado, y no a una administración”, abundó.