domingo, 22 de noviembre de 2015

Elección podría anularse si un candidato rebasa tope de gastos de campaña: Hernández y Hernández


Boletin de Prensa

Xalapa, Veracruz; a 20 de noviembre de 2015.- A Invitación del Grupo Cultural Consejo Jurídico Estudiantil de la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana, el Consejero Electoral del Organismo Público Local Electoral de Veracruz, Jorge Alberto Hernández y Hernández, manifestó que la Reforma Político Electoral del 2014 contempla una importante amalgama de instituciones y temas de gran trascendencia para el Estado en su conjunto, para la Federación, los Estados, el Distritito Federal y los Municipios.

En su ponencia titulada “Reforma Político Electoral del 2014”, Hernández y Hernández precisó que el 10 de febrero del 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversos artículos de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos en materia Político-Electoral.

 


Abundó que entre las principales modificaciones resultantes esta reforma, destaca la creación del Instituto Nacional Electoral (INE) que sustituyó al IFE en la organización y vigilancia de las elecciones federales. La reforma también contempló a los Organismos Públicos Locales Electorales que están integrados por un consejero presidente y seis consejeros electorales.

“También refiere que los Senadores podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos a partir del 2018 y los diputados del Congreso de la Unión hasta por cuatro periodos consecutivos. En ambos casos hasta un máximo de doce años de manera consecutiva. También aumenta del 2 al 3 por ciento el porcentaje mínimo de votos requeridos a los partidos políticos para conservar su registro” comentó.

Durante la charla que ofreció en la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana, el Consejero Electoral también apuntó que por primera vez se establece que una elección podrá anularse cuando un candidato rebase el tope de gastos de campaña o compre propaganda en medios, siempre que se determine que la falta fue determinante para el resultado de la elección.